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Contribuciones en favor de las instituciones escolares extranjeras (no universitarias) con cargo al Cap. 2562/2 (E.F. 2026)

ambpanama

Para la promoción de la lengua y la cultura italiana en las instituciones escolares extranjeras (no universitarias), el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional, mediante el Decreto Directoral n.º 4100/20 del 4 de marzo de 2026, establece los criterios y las modalidades de concesión de las contribuciones previstas en el artículo 4 del citado decreto para el año calendario 2026 (Cap. 2562/2 – E.F. 2026).

CONTRIBUCIONES

Las contribuciones mencionadas se conceden para:

  • la creación y el mantenimiento de cátedras de italiano en funcionamiento en instituciones escolares extranjeras, destinadas a la cobertura parcial de la remuneración de docentes contratados directamente por las escuelas conforme a la legislación local;
  • de manera subsidiaria, para la concesión parcial de becas destinadas a viajes de perfeccionamiento en Italia para estudiantes que hayan cursado con aprovechamiento estudios de lengua y cultura italiana.

PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las escuelas interesadas en formalizar la solicitud deberán presentar la documentación a través de esta Embajada, enviándola al correo electrónico comm.ambpanama@esteri.it, a más tardar el 16 de abril de 2026.

INSTRUCCIONES PARA LA SOLICITUD DE CONTRIBUCIÓN

Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación:

  • CARTA DE LA INSTITUCIÓN ESCOLAR SOLICITANTE, redactada en idioma italiano, que contenga los datos identificativos de la escuela (nombre, dirección, datos de contacto) y la motivación detallada de la solicitud, firmada por el responsable de la institución;
  • ANEXO A para la solicitud de contribuciones destinadas a cátedras de italiano y ANEXO B para la solicitud de becas/viajes de perfeccionamiento en Italia. La firma del representante legal de la escuela deberá ser legible y cargada en formato JPEG;
  • ANEXO A2yANEXO B2 para la rendición de cuentas de las contribuciones recibidas correspondientes al año calendario 2025. Todas las instituciones escolares que hayan recibido previamente contribuciones y que aún no hayan presentado la rendición correspondiente deberán enviar, a más tardar en la fecha indicada, los formularios de informe final y de rendición sobre el uso de la última contribución recibida, utilizando los nuevos formularios editables “ANEXO A2” y “ANEXO B2”.

Se recuerda que la presentación de la documentación de rendición, además de ser condición para la concesión de la contribución solicitada, constituye una obligación para todas las instituciones extranjeras que hayan recibido contribuciones en los cinco años anteriores, independientemente de la presentación de una nueva solicitud.

Los formularios han sido elaborados en formato PDF editable para facilitar la introducción de datos y permitir al representante legal de la institución solicitante cargar su firma (en formato JPEG). Para garantizar el correcto funcionamiento del formato PDF editable, será necesario abrir los archivos mediante Adobe, Internet Explorer o Edge.

Solo se aceptarán por parte de esta Oficina las solicitudes de contribución cuyos formularios estén debidamente cumplimentados en formato PDF editable.