El registro y la actualización en el «A.I.R.E.» (Registro de italianos residentes en el exterior) se realizan directamente en el portal «Fast It» Servicios Consulares Online después de registrarse en el siguiente enlace: https://serviziconsolarionline.esteri.it
Este sistema permite un registro simplificado y más veloz en el «A.I.R.E.», respondiendo a las exigencias de los italianos residentes en el exterior.
Tenga en cuenta los siguientes puntos:
- La creación del usuario en “Fast It” NO IMPLICA que automáticamente se haga el registro/actualización al A.I.R.E;
- Los datos diligenciados para el registro deben ser EXACTAMENTE los que figuran en el pasaporte o Carta de identidad italiana;
- Si no tiene pasaporte italiano, los datos deben reflejar EXACTAMENTE los que figuran en el registro de nacimiento, expedido por el Comune italiano;
- Las fechas introducidas deben estar en formato europeo DÍA/MES/AÑO;
ATENCIÓN: Aquellos que ya se han inscrito en A.I.R.E. a través de Fast It en una circunscripción diferente a la de Panamá y quieren trasladar su residencia A.I.R.E. a Panamá deben mantener su cuenta de Fast It, Para permitir la comunicación automática al lugar de trabajo anterior a la transferencia. Los pasos para el compatriota son:
- Acceder a su usuario habitual;
- Ir a la ruta Anagrafe Consolare E Aire > Comunicar el cambio de residencia > Solicitar servicio;
- Introduzca el nuevo país de residencia, en este caso Panamá;
- Confirmar el cambio de la sede consular de referencia;
- Enviar una nueva solicitud de membresía a AIRE (que, a pesar del nombre, en realidad se contará como actualización, no cancelará ni duplicará la membresía ya activa).
IMPORTANTE: Todo ciudadano italiano MAYOR DE EDAD podrá solicitar la inscripción de AIRE para él y para los hijos convivientes menores de edad de nacionalidad italiana. No obstante, si se debiera realizar el registro de uno de los miembros de la familia cuyos registros de estado civil (nacimientos de hijos menores) no se hubieran transcrito previamente al Comune en Italia, será necesario regularizar previamente la posición siguiendo las instrucciones presentes en la sección «Estado Civil«.
Los ciudadanos ya inscritos en el A.I.R.E. en esta Circunscripción Consular antes de la implementación del sistema FAST IT no deben realizar un nuevo registro en el A.I.R.E. En su lugar, es necesario asociar la cuenta FAST IT con la propia ficha consular, siguiendo los pasos que se indican a continuación:
Registrarse en el portal FAST IT o acceder si ya se dispone de una cuenta activa.
Seleccionar la opción “Registro Consular y A.I.R.E.” y, a continuación, hacer clic en “Visualizar la propia ficha personal”.
Solicitar la “Asociación Online” y esperar la recepción del mensaje de confirmación en la propia bandeja de correo electrónico.
Acceder nuevamente al portal FAST IT, visualizar la ficha personal.
INSTRUCCIÓN DE LAS PRACTICAS:
Complete la solicitud en FAST IT, después de rellenar los campos requeridos en el formulario en línea, será necesario adjuntar también:
ANEXO A – Escaneo de un documento que acredite la nacionalidad italiana de cada miembro del núcleo familiar. Los documentos aceptables son:
- Pasaporte italiano en curso de validez;
- Documento de identidad italiano en curso de validez;
- Acta de nacimiento ya transcrita en el Comune;
- Certificado de ciudadanía italiana expedido por el municipio italiano o por una representación italiana en el extranjero;
NOTA: Debe incluir en la solicitud de inscripción a AIRE a su cónyuge (esposa, marido) o pareja de hecho, incluso si es un ciudadano extranjero. En este caso, se requiere una copia del pasaporte válido. Para los niños que no estén registrados en el ayuntamiento de Italia, se requiere una copia del pasaporte.
ANEXO B – Se trata del escaneo del formulario de solicitud AIRE, completado en línea a través del portal FAST IT. El formulario deberá descargarse y firmarse antes de ser enviado a la Oficina Consular competente. Nota: Es importante que el formulario de solicitud, así como los campos correspondientes del formulario en línea, especifique el municipio exacto de referencia. Además, en caso de que haya hijos menores de edad, es indispensable que el formulario esté firmado por ambos padres
ANEXO C – Escaneo de un recibo de servicios públicos (agua, luz, gas, TV/internet, contrato de alquiler (notariado) o escritura pública) a nombre del solicitante, que indique la dirección completa del domicilio. Nota: Si el solicitante vive en una habitación de un apartamento, debe presentar una carta notariada redactada por el propietario, junto con un recibo de servicios públicos para confirmar dicha declaración. Si el recibo de servicios o el contrato de alquiler están a nombre de un miembro de la familia que vive en el mismo domicilio, es necesario presentar una carta notariada que confirme la presencia del solicitante en el domicilio. Se precisa que no se aceptará documentación distinta de la solicitada.
Advertencia: Tenga en cuenta que la solicitud de inscripción al A.I.R.E. no estará finalizada hasta que el usuario reciba un correo electrónico confirmando que la solicitud de inscripción ha sido enviada a la Alcaldía italiana competente.
¡RECUERDE! El sistema de carga del sitio rechaza cualquier archivo adjunto de más de 1.0 MB (o 1024KB). Por lo demás, no es necesario utilizar el escáner al máximo para obtener una versión digital del documento que se va a enviar. Si recomienda utilizar el navegadro web Edge (Internet Explorer).
NOTA: la falta de uno de los documentos arriba mencionados será motivo de rechazo de la solicitud
La inscripción también puede realizarse en la oficina consular, previa reserva de una cita para los “servicios consulares” a través del portal Prenot@mi, con la presentación del ciudadano interesado provisto de toda la documentación indicada anteriormente.
- Instrucciones para registrarse en el portal «Fast It»
- Instrucciones para registrarse en el A.I.R.E. a través del portal «Fast It»
- Instrucciones para comunicar el cambio de residencia registrada en el A.I.R.E. a través del portal «Fast It»
- Instrucciones para la inscripción en el A.I.R.E. de menores que no viven con ambos padres
- Instrucciones para visualizar la propia ficha anagráfica