En el ámbito de la protección y de la asistencia consular, numerosas intervenciones se refieren a los ciudadanos que incurren en problemas con la justicia local o que siguen implicados en accidentes; la repatriación de los restos mortales; la búsqueda de compatriotas que no dan más noticias de sí mismos; la asistencia a padres italianos a los que el cónyuge extranjero o doble ciudadano haya sustraído un hijo, llevándolo consigo al extranjero.
En caso de accidentes ocurridos en el extranjero, las Misiones Diplomática y Consulares velarán por que los ciudadanos reciban un tratamiento médico adecuado en el lugar, que se informe debidamente a los miembros de la familia y se preste toda la asistencia posible en caso de necesidad de traslado a Italia.
En caso de detención de un nacional en un país extranjero, el Consulado podrá:
- realizar visitas consulares al detenido;
- indicar un posible abogado;
- el mantenimiento de los vínculos con los familiares en Italia;proporcionar al detenido, cuando sea necesario y lo permitan las normas locales, asistencia médica, alimentos, libros y periódicos;
- intervenir para el traslado a Italia, si su compatriota está detenido en países que son parte en el Convenio de Estrasburgo sobre el traslado de presos o en acuerdos bilaterales ad hoc;
- intervenir, en casos particulares, para apoyar solicitudes de gracia, sobre bases humanitarias.
El consulado no puede:
- actuar en nombre de su compatriota;
- pagar los honorarios de abogados del convicto.
La sustracción internacional de menores
La problemática de la sustracción internacional de menores ha adquirido en los últimos tiempos una importancia creciente, tanto por el aumento de las separaciones, a menudo conflictivas, entre personas de diferente o doble nacionalidad, sea por la mayor sensibilidad con la que se percibe el problema en nuestro país.
El único instrumento vinculante a disposición del progenitor nacional para la recuperación del menor es el Convenio de La Haya de 25.10.1980 (Autoridad Central para Italia es el Departamento de Justicia Juvenil del Ministerio de Justicia). En caso de no aplicabilidad del Convenio, el Ministerio ejerce plenamente sus funciones institucionales modulando las intervenciones en función de la especificidad de los casos.