Notificación judicial y extrajudicial en el extranjero
La actividad de notificación es una fase fundamental de los juicios civiles, penales, fiscales, administrativos, concursales y laborales, así como algunas fases previas al juicio o administrativas, que da conocimiento legal de una disposición mediante la entrega de un acto, judicial o extrajudicial, por un determinado notificador, según precisas modalidades.
De conformidad con el art. 37 del Decreto Legislativo 71/2011, la Oficina Consular notifica el acto que se le presentan, en cumplimiento de las disposiciones de cooperación judicial de la Unión Europea, los convenios internacionales pertinentes y las leyes del país de residencia.
Debe distinguirse entre actos civiles y actos administrativos.
En cuanto a los primeros, en virtud del cual la solicitud de notificación dirigida a extranjeros (pero también italianos, cuando no se prefiere la vía diplomática) deben dirigirse directamente a la Autoridad Central indicada por el país adherente y no a la Embajada. En este caso al Ministerio de Relaciones Exteriores – Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.
Los actos administrativos, en cambio, deben ser enviados directamente desde Italia con correo certificado por la Entidad interesada. En estos casos cualquier solicitud que se envíen directamente a la Embajada pueden ser devueltos al remitente, salvo que se solicite expresamente la vía diplomática, a la que en ocasiones se recurre cuando el primer intento por la vía ordinaria no haya dado resultado positivo.
Si se desconoce la dirección, no será posible notificar el acto en el extranjero.
En la página web del MAECI existen guías sobre la notificación de documentos en el exterior, donde se encuentran todas las referencias normativas:
- Notificación en el extranjero de actos judiciales y extrajudiciales en materia civil y comercial
- Notificación de actos administrativos para personas residentes en el extranjero
- Notificación en Italia de actos judiciales y extrajudiciales en materia civil–comercial, administrativo y penal
Además, se recomienda consultar las siguientes páginas web oficiales de los organismos profesionales competentes encargados de tratar la materia:
- sitio oficial del «Notariato»;
- sitio oficial de la Asociación «Ufficiali Giudiziari in Europa» (AUGE);
- sitio oficial de la Asociación Nacional «Ufficiali di Stato Civile e d’Anagrafe» (ANUSCA).