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Cambio del nombre o apellido

Cambio del nombre o apellido

Basado en los artículos 84 y siguientes del Decreto Presidencial 396 del 3.11.2000, para cambiar su nombre o apellido, la persona interesada debe enviar una solicitud motivada a la Prefectura del lugar de la última residencia (o correspondiente al registro de la Municipalidad de AIRE). La solicitud puede ser enviada a la Prefectura directamente por la parte interesada o por medio de la Embajada, presentando personalmente con cita previa.

Para obtener el reconocimiento en el sistema legal italiano de los cambios y modificaciones de nombre o apellido realizados en el País de origen, es necesario enviar (directamente o a través de la Embajada previa cita por servicios consulares a travez del sistema Prenot@mi) al Prefecto competente en Italia, la Solicitud motivada de cambio o modificación de su nombre o apellido:

Anexar a la solicitud:

  • Autocertificación que confirma los datos personales, la ciudadanía italiana, la residencia y el estado familiar, la ausencia de cargos pendientes en Italia y el cumplimiento del procedimiento con respeto a las leyes locales;
  • declaración de autorización (a firmar en la ventanilla) de los interesados ​​(por ejemplo, padres, cónyuge, hijos mayores de edad), acompañada por una fotocopia del documento de identidad;
  • copia del pasaporte o documento de identidad italiano válido;
  • documentación original de cambio de nombre y/o apellido realizado en Panama (o en el País de nacimiento);
  • cualquier otra documentación útil para sustentar los motivos de la solicitud.

El solicitante recibirá por parte del Prefecto, a través de la Embajada, el decreto que autorice la publicación del cambio o modificación de nombre o apellido. Si la solicitud ha sido remitida directamente por el interesado, la Embajada recibe copia de la misma por parte de la Prefectura.

Posteriormente, la Embajada de Italia publica el decreto durante treinta días en el Registro Consular para permitir cualquier objeción al mismo.

Al final del periodo de publicación, la Embajada de Italia, bajo petición del interesado, devuelve al Prefecto una copia del decreto antes mencionado con un informe que acredite la publicación de los treinta días.

El interesado recibirá entonces, nuevamente a través de la Embajada, el decreto que autoriza al cambio o modificación del nombre o apellido, que a su vez será inscrito en el Registro Consular por treinta días.

Después de este plazo, a petición del interesado, la Alcaldía italiana, que por parte de la Embajada recibirá el documento, procederá a la transcripción de la disposición en los registros civiles, notificandolo a la Embajada.