Para obtener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar la siguiente página web del Gobierno Italiano: vistoperitalia.esteri.it
Se recuerda que los ciudadanos panameños están exentos de solicitar la visa cuando viajen al espacio Schengen por razones de turismo/negocios/misión/competencia deportiva/estudio/invitación, por un máximo de 90 días en el arco temporal de 180 días. La contabilización de los días empieza el primer día de entrada en el espacio Schengen (lo comprueba el sello colocado en el pasaporte).
Para qué sirve y quién la puede solicitar:
Esta visa permite al viajero ingresar y viajar en todo el territorio Schengen (*) por motivos de turismo/Visita Familiar. Actualmente los países que adhieren al tratado Schengen son los siguientes:
(*) Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Eslovaquia, Francia, Finlandia, Holanda, Hungría, Grecia, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia, Suiza.
Nota: Si el viajero visita varios países Schengen la visa se debe solicitar en la Embajada del país donde se pasa más tiempo.
La visa se puede solicitar con tres meses de antelación a la fecha de viaje y hasta un mes antes de la fecha de viaje.
Tipo de la visa: “C”: Visa de corta duración, estadía hasta máximo 90 días en el arco de 180 días.
REQUISITOS:
- Formulario de solicitud de visa Schengen debidamente diligenciado en todos sus campos y firmado.
- Dos fotografías (3,5 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes).
- Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (solo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).
- Pago de los derechos consulares en efectivo (se pagan el día de la cita, ver Tabla de los derechos consulares)
- Cédula o carnet de residencia vigente (copia ampliada y legible).
- Seguro de viaje de asistencia médica válida para el espacio Schengen con la siguiente cobertura:
- Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Repatriación cobertura mínima de 30,000 euros.
La empresa de seguro debe contar con un representante/sucursal en Europa. El seguro de viaje no puede tener un deducible. Este seguro debe ser válido por la duración de la visa (original y copia). NOTA: el seguro debe ser efectuado en agencias dentro del país de residencia o directamente en Italia, no se aceptan reservas y/o compras realizadas a través de sitios en internet. El seguro tiene que estar a nombre del solicitante
- Reserva de hotel y programa de su viaje en el territorio Schengen – claro y legible.
- Sólo en caso que tenga la invitación de un ciudadano italiano y/o europeo o de un ciudadano/a extranjero/a regularmente residenciado en Italia, debe presentar la Carta de invitación (en original) firmada por la persona que la está invitando según las indicaciones de ley. NOTA: La carta de invitación puede ser enviada telemáticamente solo y directamente por el invitante al siguiente correo electrónico panama.visti@esteri.it
- Estados de cuentas de ahorro y/o corriente de los últimos seis meses, así como de sus tarjetas de crédito nacionales e internacionales, si la hubiera (original y copia) sellados por el banco. NO SE ADMITE LA SOLA DECLARACIÓN DEL BANCO DEL SALDO ACTUAL DE LA CUENTA.
- Carta de presentación de su empleador indicando el tiempo de servicio, cargo, sueldo y período vacacional o licencia concedida, asimismo deberá presentar los tres últimos recibos de pago. En caso de ser empresarios y/o profesionales, adjuntar copia del “Paz y salvo” del pago de los impuestos, así como los movimientos bancarios de su empresa de los tres últimos meses (original y copia).
- Si el solicitante la visa de turismo no puede demostrar la disponibilidad económica personal (por ser menor, estudiante, ama de casa, jubilada, etc.), la persona que se hace cargo de su manutención, (padre, madre, esposo, hijo/a), deberá redactar una carta de compromiso a cubrir los gastos en el espacio Schengen firmada ante Notaría, con copia de su documento de identidad y, según sea el caso, el registro civil de matrimonio o nacimiento para demostrar el vínculo familiar. (Adjuntar información financiera sobre sus ingresos económicos como se indica en el punto 9). Los jubilados deberán presentar sus tres últimos recibos de pago y/o eventualmente algún otro documento que justifique sus ingresos económicos (original y copia).
- Los estudiantes deberán presentar un certificado de estudios y de notas (original) aún si se encuentran de vacaciones. En caso viajen en periodo escolar, deberán presentar la autorización del Colegio para ausentarse de las clases.
- Reservación de vuelo de ida y vuelta con eventuales reservas de tiquetes para traslados dentro del espacio Schengen. NOTA: Las reservas deben ser realizadas directamente por la compañía aérea o una agencia de viajes en el país de residencia o directamente en Italia (no se aceptan reservas realizadas online).
NOTAS:
- El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado ninguna agencia ni intermediario para los tramites de visa.
- Para menores de 18 años que viajan con los padres, se solicita la presencia de ambos padres en la Embajada, así como copia del registro civil de nacimiento del menor.
- En caso de que el menor viaje solo o con uno de los padres, se debe adjuntar la respectiva autorización de salida del país emitida por la autoridad competente (apostillada y traducida en original y copia).
- Presentando los documentos indicados en el punto 8, debe anexar también copia de un documento de identidad (cédula, “carta d’identità”, Pasaporte) donde se vea claramente la firma de la persona que ha suscrito el respectivo documento.
- La falta de alguno de los documentos podría implicar el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa.
- La Embajada de Italia se reserva el derecho de solicitar la documentación adicional que estime necesaria a través del documento denominado “Preavviso di Rigetto” que se podría emitir unos días después de haber examinado la solicitud de visa.
- La presentación de la documentación solicitada no conlleva necesariamente a la concesión de la visa. Siendo la Visa una concesión, aun presentando todos los documentos requeridos, la misma puede ser otorgada o rechazada. En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.