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Visa de reingreso

Para obtener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar la siguiente página web del Gobierno Italiano: vistoperitalia.esteri.it

Para qué sirve y quién la puede solicitar:

La Visa de Reingreso puede ser solicitada por los ciudadanos extranjeros que ya residen en Italia de forma legal y que se encuentren temporalmente en Panamá o en uno de los Estados de acreditación con el “Permesso di Soggiorno” en una de las siguientes condiciones:

  1. “Permesso di Soggiorno” vencido de no más de 60 días y del cual el titular solicitó la renovación a las autoridades italianas dentro de los términos de ley;
  1. “Permesso di Soggiorno” vencido de no más de 60 días y del cual el titular NO SOLICITÓ la renovación dentro de los términos de ley. El termino de 60 días se extiende a 6 meses en caso de comprobados graves motivos de salud personales o de un familiar cercano (Padres, Esposos, Hijos) –
  2. En curso de validez, pero robado o extraviado.

Nota: La emisión de la visa está subordinada a la autorización que debe ser emitida por la Questura italiana competente por territorio.

La visa se puede solicitar con seis meses de antelación a la fecha de viaje y hasta 15 días laborales antes de la fecha de viaje.

Tipo de la visa: “D” Visa de larga duración, para estadías superiores a 90 días.

REQUISITOS:

  1. Formulario de solicitud de visa Nacional debidamente diligenciado en todos sus campos y firmado.
  2. Dos fotografías (3,5 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes) de las cuales una pegada al formulario en el recuadro correspondiente.
  3. Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (solo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).
  4. Pago de los derechos consulares en efectivo (se paga el día de la cita, ver Tabla de los derechos consulares)
  5. Cédula – para los extranjeros cédula de extranjería o carnet de residencia – vigente (en ambos casos solo copia ampliada y legible).
  6. Según los siguientes casos hay que traer:
    • En el primer caso: copia simple del “Permesso di Soggiorno” aún si tuviese fecha de vencimiento no mayor a 60 días y copia de la solicitud de renovación presentada a la Questura, incluyendo copia del pago realizado ante Poste Italiane (fotocopia legible).
    • En el segundo caso: copia simple del “Permesso di Soggiorno” aún si tuviese fecha de vencimiento no mayor a 60 días y certificado reciente de los movimientos migratorios expedido por la oficina de Migración, En caso de comprobados graves motivos de salud personales o de un familiar cercano se debe presentar también el certificado médico legalizado y apostillado junto con el de registro civil con el cual se pueda verificar la relación de parentesco con el familiar enfermo.
    • En el tercer caso: formato diligenciado y firmado de denuncia de robo o pérdida del “Permesso di Soggiorno (vea formato), eventual fotocopia del “Permesso di Soggiorno” si la tuviera, y certificado reciente de los movimientos migratorios expedido por Migración.
  1. Reservación de vuelo de ida con destino final Italia. NOTA: La reserva aérea debe ser realizada directamente por la compañía aérea o una agencia de viajes en el país de residencia o directamente en Italia (no se aceptan reservas realizadas online).

NOTAS:

  • El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado ninguna agencia ni intermediario para los tramites de visa.
  • El tiempo de entrega de la visa depende del tiempo de respuesta por parte de la Questura italiana encargada de emitir la relativa autorización («Nulla Osta») indispensable para otorgar la Visa.
  • La falta de alguno de los documentos podría implicar el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa.
  • La Embajada de Italia se reserva el derecho de solicitar la documentación adicional que estime necesaria a través del documento denominado “Preavviso di Rigetto” que se podría emitir unos días después de haber examinado la solicitud de visa.
  • Siendo la Visa una concesión, aun presentando todos los documentos requeridos, la misma puede ser otorgada o rechazada. En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.