Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Visa de Residencia Electiva

Para tener informaciones generales sobre esta tipología de VISA visitar el siguiente sitio del Gobierno Italiano: visto per l’Italia

La visa se puede solicitar con tres meses de antelación a la fecha de inicio del curso al siguiente correo electrónico panama.visti@esteri.it

Tipo de la visa: “D” Visa de larga duración;

Para que sirve: permite la entrada en Italia, con fines de residencia, a los extranjeros que pretendan establecerse en nuestro país y puedan mantenerse de forma independiente, sin ejercicio de cualquier actividad laboral.

REQUISITOS:

  1. Formulario de solicitud de visado nacional debidamente llenado en todos sus campos y firmado.
  2. Dos fotografías (3,5 cm x 4 cm), fondo blanco a color (iguales y recientes) de las cuales una pegada al formulario en el recuadro correspondiente.
  3. Pasaporte vigente (con validez de mínimo 3 meses más de la duración de la visa) con mínimo dos páginas libres y copia simple del mismo (solo de la página del pasaporte que contiene los datos personales del titular).
  4. Pago de los derechos consulares en efectivo (se pagan el día de la cita, ver Tabla de los derechos consulares)
  5. Cédula – o cedula de extranjería (carnet de residencia) – vigente (copia ampliada y legible).
  6. Seguro de viaje de asistencia médica en el extranjero con la siguiente cobertura: Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros. Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros.
  7. Repatriación cobertura mínima de 20,000 euros. La empresa de seguro debe contar con un representante/sucursal en Europa. El seguro de viaje no puede tener un deducible. Este seguro debe ser válido por la duración de la visa (original y copia). NOTA: el seguro debe ser efectuado en agencias dentro del país de residencia o directamente en Italia, no se aceptan reservas y/o compras realizadas a través de sitios en internet; El seguro debe de estar a nombre del solicitante.
  8. Disponibilidad de un alojamiento para elegir en residencia, propiedad o alquiler con un contrato ya celebrado directamente en Italia (original y copia).
  9. Estados de cuentas de ahorro y/o corriente de los últimos seis meses, así como de sus tarjetas de crédito nacionales e internacionales, si la hubiera (original y copia) Demostración de recursos económicos documentados y amplios, autónomos, estables y regulares, cuya continuidad en el tiempo pueda suponerse como continuidad en el tiempo (ingreso fijo), procedentes de fuentes distintas de las actividades a trabajo remunerado.
  10. Reserva de vuelo ida: la reserva debe tener como destino final Italia. NOTA: La reserva aérea debe ser efectuada directamente en la aerolínea o en una agencia de viaje dentro del país de residencia o directamente en Italia (no se aceptan reservas hechas por internet). La reserva aérea debe estar a nombre de el/la solicitante.

NOTAS:

  • El trámite es estrictamente personal. La Embajada no ha autorizado ninguna agencia ni intermediario para los tramite de visa.
  • La falta de alguno de los documentos arriba indicados implicará el rechazo en la ventanilla de la solicitud de visa (lo que no significa que la visa ha sido denegada, si no que no se ha podido recibir el expediente).
  • La Embajada se reserva el derecho de pedir otro tipo de documentación que estime necesaria.
  • La presentación de la documentación solicitada no conlleva necesariamente a la concesión de la visa.
  • La Visa es una concesión, por lo tanto, aun presentando todos los documentos requeridos puede ser otorgada o rechaza.
  • En este último caso será entregado el “Provvedimento di Diniego”.